¿Cuánto cobra un abogado penalista en Córdoba?

Por Espacio Legal · Revisaron: Dr. Alexis Kohmann · abogado · M.P. 1-39009 · Director Área Penal, y Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Última revisión: 19/10/2026

No hay un precio único: lo que cobra un abogado penalista depende de tu caso. Acá te explicamos cómo se fijan los honorarios en Córdoba, qué hace que cambien y qué podés hacer si no podés pagar un abogado particular.

Si hay una detención o un allanamiento ahora, llamá a la guardia. Si tu consulta puede esperar, escribinos por WhatsApp.

En Córdoba no hay una tarifa fija para un abogado penalista. Los honorarios dependen del caso: si hay alguien detenido, qué delito se imputa, en qué etapa está la causa y cuánto trabajo hace falta. Se rigen por el Código Arancelario de Córdoba (Ley 9459), que usa una unidad llamada jus, y se acuerdan por escrito antes de empezar. Si no podés pagar, tenés derecho a un defensor público.

¿De qué depende lo que cobra un abogado penalista?

Cada causa es distinta. Estas son las cosas que más cambian el trabajo y, por lo tanto, los honorarios:

  • Si hay una persona detenida. Hay que actuar rápido, ir a donde está y pedir lo que corresponda, por ejemplo la excarcelación (que recupere la libertad mientras sigue la causa).
  • Qué delito se imputa y cuántos son. No es lo mismo una causa simple que una con varios hechos o varias personas imputadas.
  • En qué etapa está la causa. La investigación, el juicio y los recursos (cuando se apela una decisión) son trabajos distintos.
  • Qué justicia lleva la causa. Puede ser la de Córdoba (provincial) o la federal, que tiene otra ley de honorarios. Por ejemplo, el contrabando es federal; la venta de drogas en pequeñas dosis al consumidor en Córdoba la lleva la justicia provincial (Ley 10.067).
  • Cuántas audiencias, escritos y pedidos hacen falta. Y cuánto tiempo puede llevar.

La ley de Córdoba enumera las pautas que tiene en cuenta el juez cuando regula los honorarios. Entre otras: la complejidad del caso, la responsabilidad que asume el abogado, el tiempo de trabajo y la gravedad y el número de los delitos imputados (Ley 9459, art. 39).

¿Cómo se fijan los honorarios en Córdoba?

  • El Código Arancelario. Es la ley que regula los honorarios de los abogados en Córdoba: la Ley 9459, reformada en 2025 por la Ley 11.042. Se aplica a las causas de la justicia provincial.
  • El jus. Los honorarios no se expresan en pesos sino en una unidad llamada jus. Su valor acompaña el sueldo de un juez de Cámara, y el Tribunal Superior de Justicia lo informa todos los meses (Ley 9459, art. 35). Podés ver el valor del mes en la página oficial del Poder Judicial de Córdoba. Como se actualiza solo, un monto en jus no queda viejo.
  • Las causas federales (por ejemplo, contrabando) se rigen por otra ley, la Ley 27.423, que usa una unidad llamada UMA. Su valor lo publica la Corte Suprema (Ley 27.423, art. 19).

La ley fija valores mínimos para algunas tareas. Por eso, aunque cada caso es distinto, los honorarios no se inventan: tienen un marco legal.

¿Qué tiene que quedar claro por escrito antes de empezar?

Antes de contratar a cualquier abogado, pedí que te diga por escrito:

  • Qué trabajo incluye. Por ejemplo, solo el pedido de excarcelación o toda la causa.
  • Qué etapas cubre. La investigación, el juicio, los recursos.
  • Si hay gastos aparte de los honorarios, y cuáles.
  • Cómo y cuándo se paga.
  • Qué pasa si la causa termina antes o si cambiás de abogado.

Con eso sabés de entrada qué vas a pagar y por qué.

¿Y si no podés pagar un abogado particular?

Tener un abogado es un derecho. Si no podés pagar uno particular, existe la defensa pública oficial:

  • En la justicia de Córdoba, la defensa la hace el defensor público (los antiguos asesores letrados). Es parte del Ministerio Público de la Defensa y es gratuita para quien reúne las condiciones que fija la ley (Ley 10.915, art. 3).
  • Desde el primer momento, a la persona imputada le tienen que informar que puede elegir un abogado de confianza o al defensor oficial. Si no elige, el fiscal o el tribunal le designa uno (Código Procesal Penal de Córdoba, arts. 118 y 121).
  • En la justicia federal, la defensa pública está a cargo de las Defensorías Públicas Oficiales del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Sus datos en Córdoba están en la página oficial del MPD.
  • Vos podés proponer un abogado para tu familiar detenido. Después, él tiene que confirmarlo ante el fiscal o el juez (CPP de Córdoba, art. 118).

Si tu familiar ya tiene un defensor público y está conforme con él, no hace falta cambiarlo.

¿Cómo saber cuánto costaría tu caso?

Contanos qué pasó. Con lo que nos cuentes, te decimos los honorarios por escrito antes de empezar. Si hay una detención o un allanamiento ahora, llamá a la guardia: 351 555 2020. Si tu consulta puede esperar, escribinos por WhatsApp.

Si querés saber más sobre cómo trabajamos, mirá la página de abogado penalista en Córdoba. Si detuvieron a tu familiar, mirá abogado para un familiar detenido en Córdoba. Si no sabés dónde está, mirá cómo saber dónde está detenido tu familiar. Si hay una orden de detención en tu contra o te citaron como imputado, mirá qué hacer si hay una orden de detención.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales consultadas

Consultadas el 18/10/2026. Las normas y los valores cambian: verificá siempre tu caso con un abogado.

Si hay una detención o un allanamiento ahora, llamá a la guardia penal: 351 555 2020. Si tu consulta puede esperar, escribinos por WhatsApp.

La abogacía es una obligación de medios: ningún abogado puede prometer un resultado. Esta página es orientativa y no reemplaza la consulta. Espacio Legal · Abogados responsables: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · Director, y Dr. Alexis Kohmann · abogado · M.P. 1-39009 · Director Área Penal (Colegio de Abogados de Córdoba) · Caseros 344, Córdoba.