Canasta de crianza del INDEC y cuota alimentaria: cuánto cuesta criar a un hijo

Poné la edad de tus hijos y mirá la referencia oficial del costo de criarlos y hasta cuándo se debe la cuota.

La canasta de crianza del INDEC es la referencia oficial de lo que cuesta criar a un hijo, pero no es la cuota: el Código Civil y Comercial no fija un porcentaje ni un monto de cuota alimentaria, la determina el juez según lo que necesita el hijo y lo que pueden aportar los dos progenitores (arts. 658 y 659). Según esa canasta, criar a un chico de 0 a 12 años cuesta, en septiembre de 2026, entre $ 570.832 y $ 728.850 por mes según la edad. Poné las edades de tus hijos y mirá la referencia.

Sirve solo para ver qué parte de ese ingreso es el costo de criar a los hijos. No se guarda.

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Guía Legal: Cuota alimentaria

Responsable: Dra. María Eugenia Martínez · abogada · M.P. 1-40337 · Actualizado: 31/10/2026

Canasta de crianza del INDEC por tramo de edad (septiembre de 2026)
EdadCosto de criar por mesQué incluye
Menores de 1 año$ 570.832Bienes y servicios y cuidado
De 1 a 3 años$ 679.816Bienes y servicios y cuidado
De 4 a 5 años$ 579.752Bienes y servicios y cuidado
De 6 a 12 años$ 728.850Bienes y servicios y cuidado
De 13 años en adelanteEl INDEC no publica canastaSe mira con los gastos reales (art. 659)
Hasta qué edad se debe la cuota alimentaria
Edad del hijoQué dice el CódigoNorma
Menor de 18 añosLos dos progenitores deben criarlo y alimentarlo, aunque el cuidado personal esté a cargo de unoCódigo Civil y Comercial, art. 658
De 18 a 20 añosSe extiende hasta los 21 años, salvo que el obligado acredite que el hijo tiene recursos suficientesCódigo Civil y Comercial, art. 658
De 21 a 24 añosSubsiste si estudia o se prepara en un arte u oficio y eso le impide mantenerseCódigo Civil y Comercial, art. 663
25 años o másNo alcanzado por este capítulo del CódigoCódigo Civil y Comercial, art. 663
¿Cuánto es la cuota alimentaria por hijo?
No hay un monto ni un porcentaje fijo en la ley. Los alimentos comprenden manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y lo necesario para adquirir una profesión u oficio, y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y a las necesidades del hijo (Código Civil y Comercial, art. 659). Cada progenitor debe criar a los hijos conforme a su condición y fortuna (art. 658). Como referencia, el INDEC calcula en septiembre de 2026 lo que cuesta criar a un chico de 0 a 12 años: entre $ 570.832 y $ 728.850 por mes según la edad.
¿Qué es la canasta de crianza del INDEC?
Es la valorización mensual de lo que cuesta criar a un chico: los bienes y servicios que necesita (se parte de la canasta básica total del Gran Buenos Aires) más el costo del cuidado, que surge de valorizar el tiempo que lleva. Se publica para cuatro tramos de edad, de 0 a 12 años. Es un dato de referencia: no es una norma ni obliga al juez, y no es lo mismo que la cuota, porque ese costo lo afrontan los dos progenitores.
¿Hasta qué edad se paga la cuota alimentaria?
La obligación de los progenitores se extiende hasta los 21 años, salvo que el obligado acredite que el hijo mayor de edad tiene recursos suficientes para mantenerse por sí mismo (Código Civil y Comercial, art. 658). Hasta los 25 años subsiste si el hijo estudia o se prepara en un arte u oficio y eso le impide mantenerse (art. 663). El progenitor que convive con el hijo mayor puede pedir la contribución del otro hasta los 21 años (art. 662).
¿Cómo se fija la cuota si el cuidado es compartido?
Con cuidado personal compartido (alternado o indistinto, Código Civil y Comercial, art. 650; el juez otorga como primera alternativa el indistinto, art. 651), si los dos tienen recursos equivalentes, cada uno se hace cargo de los gastos cuando los hijos están con él; si no, el que gana más le pasa una cuota al otro (art. 666).
¿Cuidar a los hijos todos los días cuenta como aporte?
Sí. Las tareas cotidianas que hace el progenitor que cuida a los hijos tienen un valor económico y son un aporte a su manutención (Código Civil y Comercial, art. 660). Por eso no se mira solo quién pone la plata: el juez considera también el tiempo y el trabajo del cuidado.
¿Desde cuándo se debe la cuota y qué pasa si no se paga?
Los alimentos se deben desde el día de la demanda o desde la interpelación al obligado por un medio fehaciente (por ejemplo, una carta documento), siempre que la demanda se presente dentro de los seis meses de esa interpelación (Código Civil y Comercial, arts. 669 y 548). Si no se paga, las sumas devengan intereses (art. 552), se pueden pedir medidas cautelares (art. 550) y el juez puede imponer medidas razonables ante el incumplimiento reiterado (art. 553). Más sobre aumentos y embargos en cuota alimentaria en Córdoba. Escribinos o llamanos y vemos tu caso.

Fuente y última verificación

Normas consultadas el 30/10/2026. Canasta de crianza del INDEC: septiembre de 2026, verificada el 30/10/2026 en la serie oficial y en el informe técnico del INDEC. El INDEC publica la canasta de crianza todos los meses y solo hasta los 12 años.

Este cálculo es orientativo y no es asesoramiento legal. No es la cuota: el juez la fija con las necesidades del hijo y los recursos de cada progenitor, y el monto real depende del caso.