Contador de años de aportes: cuántos te faltan para jubilarte

Sumá tus trabajos sin contar dos veces los períodos que se superponen.

Para jubilarte necesitás 30 años de aportes, además de la edad: 60 si sos mujer y 65 si sos varón (Ley 24.241, art. 19). Cargá cada trabajo con su fecha de inicio y de fin: sumamos los años y los meses sin contar dos veces los períodos que se superponen, y te marcamos los huecos. Tu historia laboral la bajás de Mi ANSES con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social.

Trabajo 1

Cargá todos los trabajos que figuran en tu historia laboral, también los autónomos o monotributo.

Resultado al instante, en esta pantalla.

Guía Legal: Años de aportes

Responsable: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Actualizado: 30/10/2026

Qué hace falta para jubilarse con la jubilación ordinaria
RequisitoMujeresVaronesNorma
Edad60 años65 añosart. 19, Ley 24.241
Años de aportes30 años30 añosart. 19, Ley 24.241

Cómo bajar tu historia laboral de Mi ANSES

  1. Entrá a Mi ANSES (web o app) con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social.
  2. Andá a «Trabajo» y elegí «Consultar Historia Laboral». En la app figura como «Mi Historia Laboral».
  3. Ahí ves las declaraciones juradas de tus empleadores y, si fuiste autónomo o monotributista, los períodos registrados. Se puede descargar e imprimir.
  4. Anotá cada trabajo con su fecha de inicio y de fin y cargalos acá.
¿Cuántos años de aportes necesito para jubilarme?
30 años de servicios con aportes, además de la edad: 60 para las mujeres y 65 para los varones (Ley 24.241, art. 19). Si te faltan años de servicios, la ley permite compensarlos con el exceso de edad: 2 años de edad excedentes por 1 año de servicios faltante (art. 19).
¿Cómo bajo mi historia laboral de ANSES?
Desde Mi ANSES, con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social: en el menú «Trabajo» elegís «Consultar Historia Laboral». Es una consulta en línea y se puede descargar e imprimir.
¿Se cuentan dos veces los años si tuve dos trabajos a la vez?
No: para llegar a los años de aportes, un mismo período no se cuenta dos veces. Esta herramienta une los períodos que se superponen y cuenta el tiempo una sola vez.
¿Qué hago si me faltan años de aportes?
Se cuentan los servicios del sistema y los prestados antes, hasta el momento de pedir la prestación (Ley 24.241, art. 22), y la ley permite compensar la falta de servicios con el exceso de edad (art. 19). Lo que no figura en tu historia laboral hay que acreditarlo. Lo vemos con tu historia laboral.
¿Qué pasa con los períodos en que no aporté?
Son los «huecos» que te marca la herramienta: si no tienen aportes registrados, no suman a los 30 años. Algunos se pueden reconocer con prueba de que trabajaste; eso se revisa caso por caso.
¿Y si lo que quiero saber es si me corresponde una pensión por un familiar que falleció?
Eso se mira aparte: en ¿Me corresponde la pensión por fallecimiento? ves quién puede cobrar, qué porcentaje le toca y qué papeles pide ANSES.

Fuente y última verificación

Normas y páginas oficiales consultadas el 30/10/2026. Esta herramienta cuenta años, meses y días y pasa cada 30 días sobrantes a un mes: es un criterio de la herramienta, no el cómputo de ANSES.

Este cálculo es orientativo y no es asesoramiento legal. Lo que cuenta ANSES es lo que figura en tu historia laboral: cotejá con el original. Puede haber servicios que se reconocen aunque no tengan aportes registrados.