Caja de Jubilaciones de Córdoba: requisitos, haber y aporte solidario

Contanos tu situación en dos preguntas y calculá el aporte solidario si cobrás más de un beneficio.

En la Caja de Jubilaciones de Córdoba (Ley 8024), la jubilación ordinaria pide 65 años los varones y 60 las mujeres, con 30 años de servicios con aportes (art. 17), y el haber es el 82 % del promedio actualizado de las últimas 120 remuneraciones brutas con aportes, deducido el aporte personal (art. 46). Si cobrás dos beneficios, o un beneficio de la Caja y otro ingreso, y la suma supera nueve haberes mínimos, se aplica un aporte solidario de 5 a 20 % (art. 58, texto de la Ley 11.087).

Pre-diagnóstico en dos preguntas

1. ¿Cuál es tu situación hoy?

Calculá el aporte solidario

Es el monto bruto mensual, antes de los descuentos.

Según la Caja es de $ 210.000 desde el 01/04/2025 (consultado el 30/10/2026), sin el complemento previsional solidario. Si la Caja lo actualizó, corregilo.

Estos casos no pagan el aporte solidario (Resolución 496/2025, art. 3, incs. 8 y 9; Decreto 408/2020, art. 57).

Resultado al instante, en esta pantalla.

Guía Legal: Caja de Jubilaciones de Córdoba

Responsable: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Actualizado: 30/10/2026

Requisitos de jubilación en la Caja de Córdoba
RégimenEdadServicios con aportesNorma
General65 años los varones, 60 las mujeres30 añosLey 8024, art. 17
Servicios diferenciales (tareas insalubres, penosas o riesgosas)62 años los varones, 57 las mujeres25 años, de los cuales 20 de esa naturalezaLey 8024, art. 18
Docentes60 años los varones, 57 las mujeres25 años, de los cuales 10 como mínimo al frente de alumnos (30 años si estuvieron menos de 10 años al frente de alumnos)Ley 8024, art. 19
Edad avanzada70 años, cualquiera sea el sexo10 años, con 5 en los 8 años anteriores al ceseLey 8024, art. 22
InvalidezAntes de la edad de la jubilación ordinariaIncapacidad total (66 % o más), en actividad y con aportes en 18 de los últimos 36 mesesLey 8024, arts. 23 y 24
Cómo se calcula el haber
ConceptoReglaNorma
Jubilación ordinaria82 % del promedio actualizado de las últimas 120 remuneraciones mensuales brutas y sujetas a aportes a la Caja, deducido el aporte personalLey 8024, art. 46
Bonificación1 % por cada año y medio de servicio con aportes que exceda el mínimo exigido, con un tope de 88 % del promedioLey 8024, art. 47
Invalidez4 % por cada año de servicio, con un piso de 45 % y un techo de 82 % de la base de cálculoLey 8024, art. 48
Pensión70 % del haber que cobraba o le correspondía a la persona fallecidaLey 8024, art. 49
MovilidadLos haberes se mueven según las variaciones del nivel sectorial de las remuneraciones de los activos; la Caja define los sectoresLey 8024, art. 51
Aporte solidario desde diciembre de 2025: escala según la suma de tus ingresos (con el haber mínimo que usa la Caja, $ 210.000)
Suma de ingresosEn pesos con ese mínimoAporte
Hasta 9 haberes mínimosHasta $ 1.890.000No hay aporte
Más de 9 y hasta 10 haberes mínimosMás de $ 1.890.000 y hasta $ 2.100.0005 % del haber que liquida la Caja
Más de 10 y hasta 12 haberes mínimosMás de $ 2.100.000 y hasta $ 2.520.00010 % del haber que liquida la Caja
Más de 12 y hasta 14 haberes mínimosMás de $ 2.520.000 y hasta $ 2.940.00015 % del haber que liquida la Caja
Más de 14 haberes mínimosMás de $ 2.940.00020 % del haber que liquida la Caja
Plazos de la Caja y recursos
TemaQué dice la normaNorma
Plazo para resolverSi ya dejaste de trabajar, 20 días hábiles administrativos desde el pedido; se interrumpe si la Caja pide documentación indispensable, que tenés que presentar en 10 días hábiles administrativosLey 8024, art. 63; Decreto 408/2020, art. 63
Recurso contra la resoluciónReconsideración dentro de los 10 días hábiles de notificada si vivís en el Departamento Capital, o 15 días hábiles si vivís en el interior; después, vía contencioso administrativaLey 8024, art. 69
JuicioLos afiliados y beneficiarios están exentos de gastos y tasas de justicia, y las costas son por el orden causadoLey 8024, art. 70
Derecho y haberesEl derecho a los beneficios es imprescriptible; la obligación de pagar los haberes devengados prescribe a los 2 años desde que quedó firme el acto que concede el beneficioLey 8024, art. 44

Si sos docente, mirá también la jubilación docente: la edad y los años de servicio del régimen docente.

¿A qué edad me puedo jubilar en la Caja de Córdoba?
En el régimen general, con 65 años los varones y 60 las mujeres, y 30 años de servicios con aportes (Ley 8024, art. 17). Hay edades menores para tareas diferenciales (62 y 57 años, con 25 años de servicios; art. 18) y para docentes (60 y 57 años, con 25 años de servicios; art. 19). Los años cuentan desde los 18 años (art. 10). Cada caso depende de dónde aportaste y de qué tareas hiciste: escribinos o llamanos y vemos tu caso.
¿Cuánto voy a cobrar de jubilación?
Como regla general, el 82 % del promedio actualizado de tus últimas 120 remuneraciones mensuales brutas con aportes a la Caja, deducido el aporte personal (Ley 8024, art. 46). Si tenés años de servicio de más, suma 1 % por cada año y medio, hasta un tope de 88 % (art. 47). Hay un haber mínimo y un máximo (art. 53), y la Ley 11.087 prevé un adicional mensual no remunerativo para parte de los beneficios. Los regímenes especiales (policía, magistrados, bailarines, personal de vuelo) tienen otras reglas.
Cobro jubilación y pensión de la Caja: ¿me pueden descontar algo?
Si la suma de las dos supera 9 haberes mínimos, la Caja aplica un aporte solidario sobre la pensión: 5, 10, 15 o 20 % según cuánto sumen (Ley 8024, art. 58, texto de la Ley 11.087; Resolución 496/2025, art. 3). El descuento no puede dejarte por debajo de 9 haberes mínimos en total. Según la Caja, el haber mínimo que usa para este cálculo es de $ 210.000 desde el 01/04/2025, por lo que 9 mínimos son $ 1.890.000 (dato del sitio de la Caja, consultado el 30/10/2026). No procede la acumulación de más de dos prestaciones acordadas por la Caja (Ley 8024, art. 58, texto de la Ley 11.087). El cálculo exacto lo hace la Caja sobre tus recibos: escribinos o llamanos y vemos tu caso.
Cobro una jubilación de la Caja y trabajo (o tengo monotributo): ¿me descuentan?
Depende de cuánto sumes entre el haber de la Caja y tus otros ingresos. Si la suma supera 9 haberes mínimos, la Caja aplica el aporte solidario de entre 5 y 20 %, siempre sobre el haber que ella liquida (Ley 8024, art. 58 y Resolución 496/2025, art. 3). Hay casos que no lo pagan, como quienes tienen un beneficio de una caja profesional, solo alquileres de inmuebles o campos, o son bomberos voluntarios, y los docentes con la compatibilidad especial para actividades docentes (Resolución 496/2025, art. 3, incs. 8 y 9; Decreto 408/2020, art. 57). Si volvés a trabajar en relación de dependencia, hay reglas propias sobre qué podés cobrar (Ley 8024, art. 59).
¿Cuánto tiene la Caja para resolver mi jubilación?
Si ya dejaste de trabajar, la ley fija un plazo de 20 días hábiles administrativos para que la Caja resuelva tu pedido (Ley 8024, art. 63). Ese plazo se interrumpe si te pide documentación indispensable, que tenés que presentar en 10 días hábiles administrativos (Decreto 408/2020, art. 63). Si seguís trabajando, podés tramitarla sin renunciar a tu cargo y seguís cobrando tu sueldo hasta el cese (Ley 8024, art. 63, inc. b).
La Caja me denegó la jubilación o la pensión, o el cálculo no me cierra: ¿qué puedo hacer?
Contra la resolución de la Caja podés presentar el recurso de reconsideración dentro de los 10 días hábiles de notificada si vivís en el Departamento Capital, o dentro de los 15 días hábiles si vivís en el interior de la Provincia. Si no lo presentás en ese plazo, la resolución queda firme. Agotada esa instancia, se abre la vía contencioso administrativa (Ley 8024, art. 69). Mirá cuanto antes la fecha de tu notificación: escribinos o llamanos y vemos tu caso.

Fuente y última verificación

Normas y páginas de la Caja consultadas el 30/10/2026. Haber mínimo que usa la Caja para el aporte solidario (jubilación mínima pura): $ 210.000 desde el 01/04/2025, según la Caja.

Este resultado es orientativo y no es asesoramiento legal ni una resolución de la Caja. La Caja decide cada caso con tus recibos y tu historia laboral.