¿Cuánto me pueden embargar del sueldo?
Con tu sueldo y el tipo de deuda, te mostramos el máximo que se puede embargar.
Del sueldo no se puede embargar el equivalente a un salario mínimo, vital y móvil. Del resto, se puede embargar hasta el 10 % si ganás hasta el doble del salario mínimo, y hasta el 20 % si ganás más (Decreto 484/1987, art. 1). Las cuotas de alimentos no tienen ese tope: las fija el juez (art. 4). Poné tu sueldo y mirá el máximo.
Guía Legal: Embargo de sueldo
Responsable: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Actualizado: 30/10/2026
| Tu sueldo del mes | Qué se puede embargar | Ejemplo con el salario mínimo de noviembre de 2026 | Norma |
|---|---|---|---|
| Hasta un salario mínimo ($ 398.800) | Nada | $ 398.800: $0 | Decreto 484/1987, art. 1 |
| De $ 398.800 a $ 797.600 (hasta el doble) | El 10 % de lo que pasa del salario mínimo | $ 598.200: hasta $ 19.940 | Decreto 484/1987, art. 1 |
| Más de $ 797.600 | El 20 % de lo que pasa del salario mínimo | $ 1.196.400: hasta $ 159.520 | Decreto 484/1987, art. 1 |
| Cuota alimentaria o litisexpensas | Sin ese tope: la fija el juez | — | Decreto 484/1987, art. 4 |
| Indemnización por despido | El 10 % del total (hasta el doble del salario mínimo) o el 20 % (si lo supera) | $ 1.000.000: hasta $ 200.000 | Decreto 484/1987, art. 3 |
| Mes | Salario mínimo | Norma |
|---|---|---|
| octubre de 2026 | $ 391.200 | Res. 4/2026 CNEPYSMVM |
| noviembre de 2026 | $ 398.800 | Res. 4/2026 CNEPYSMVM |
¿Cuánto me pueden embargar del sueldo?
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¿Qué hago si me embargaron de más?
Fuente y última verificación
Normas consultadas el 30/10/2026. Salario mínimo: octubre de 2026 y noviembre de 2026 (Res. 4/2026 CNEPYSMVM).
- Decreto 484/1987 (importes inembargables de las remuneraciones), arts. 1 a 4
- Res. 4/2026 CNEPYSMVM (salario mínimo, vital y móvil)
- Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744, t.o.), arts. 120, 147 y 149
Este cálculo es orientativo y no es asesoramiento legal. El juez fija el monto del embargo en cada caso, y sobre el sueldo puede haber otras retenciones.