Libertad condicional y salidas transitorias: cuándo se pueden pedir
Con la pena y la fecha de detención, te mostramos las fechas orientativas.
La libertad condicional se puede pedir con dos tercios de la condena cumplidos si la pena temporal es de más de 3 años, y con 35 años en las perpetuas (Código Penal, art. 13). Las salidas transitorias llegan antes: desde la mitad de la condena, más una espera según la pena (Ley 24.660, arts. 15 y 17). Hay delitos que quedan afuera de las dos cosas (art. 14 del Código Penal y art. 56 bis de la Ley 24.660). Cargá tu caso y mirá las fechas orientativas.
Guía Legal: Libertad condicional
Responsable: Dr. Alexis Kohmann · abogado · M.P. 1-39009 · Actualizado: 30/10/2026
| Pena | Período de prueba | Salidas transitorias | Libertad condicional |
|---|---|---|---|
| Temporal de hasta 3 años | La mitad de la condena | Sin espera adicional | Prisión: 8 meses. Reclusión: 1 año |
| Temporal de más de 3 y menos de 5 años | La mitad de la condena | Sin espera adicional | Dos tercios de la condena |
| Temporal de exactamente 5 años | La mitad de la condena | 6 meses después de entrar al período de prueba. La ley no dice qué espera corresponde a una pena de exactamente 5 años (habla de penas «mayores» y «menores» a 5). Tomamos 6 meses, el criterio más prudente; la defensa puede plantear que no corresponde ninguna espera. Lo define el juez. | Dos tercios de la condena |
| Temporal de más de 5 años y hasta 10 | La mitad de la condena | 6 meses después de entrar al período de prueba | Dos tercios de la condena |
| Temporal de más de 10 años | La mitad de la condena | 1 año después de entrar al período de prueba | Dos tercios de la condena |
| Perpetua | 15 años | 1 año después de entrar al período de prueba. La ley no nombra las perpetuas en este punto. Tomamos 1 año desde el ingreso al período de prueba porque es una pena mayor a 10 años; lo define el juez. | 35 años |
| Temporal, con un delito de la lista | No se concede | No se concede | No se concede. Un año antes del fin de la pena rige el régimen preparatorio para la liberación (Ley 24.660, art. 56 quater) |
| Norma | Ley 24.660, art. 15 | Ley 24.660, art. 17 | Código Penal, art. 13 |
| Delito | Norma |
|---|---|
| Homicidios agravados | Código Penal, art. 80 |
| Delitos contra la integridad sexual | Código Penal, arts. 119, 120, 124, 125, 125 bis, 126, 127, 128 (primer y segundo párrafo) y 130 |
| Privación ilegal de la libertad coactiva con muerte intencional | Código Penal, art. 142 bis |
| Tortura seguida de muerte | Código Penal, art. 144 ter, inc. 2 |
| Delitos de los arts. 165 y 166, inc. 2, segundo párrafo | Código Penal |
| Secuestro extorsivo con muerte | Código Penal, art. 170 |
| Trata de personas | Código Penal, arts. 145 bis y 145 ter |
| Delitos con finalidad terrorista | Código Penal, art. 41 quinquies |
| Financiamiento del terrorismo | Código Penal, art. 306 |
| Delitos de estupefacientes de los arts. 5, 6 y 7 | Ley 23.737 |
| Delitos del Código Aduanero de los arts. 865, 866 y 867 | Código Aduanero |
¿Cuándo se tiene derecho a la libertad condicional?
¿Cuáles son los requisitos de la libertad condicional?
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¿Desde cuándo se puede pedir una salida transitoria?
Si el delito está en la lista, ¿no hay ninguna salida antes del final de la pena?
Fuente y última verificación
Normas consultadas el 30/10/2026 en su texto actualizado de argentina.gob.ar. En los artículos de la Ley 24.660 que usa esta página, la última reforma es la Ley 27.375 (BO 28/07/2017), que también incorporó el art. 56 quater; en el Código Penal, el art. 13 es de la Ley 25.892 (BO 26/05/2004) y el art. 14 de la Ley 27.375. Esta herramienta se actualiza cuando cambia la norma.
- Código Penal, arts. 2, 13, 14, 17 y 52 (texto actualizado)
- Ley 24.660 (ejecución de la pena privativa de libertad), arts. 3, 15, 17, 19, 28, 29, 29 bis, 54, 56 bis y 56 quater (texto actualizado)
Estas fechas son orientativas y no son asesoramiento legal. El cómputo definitivo de la pena lo hace el juez de ejecución, con la fecha de detención, la condena firme y los informes del penal.