Calculadora de alquileres en Córdoba: ICL e IPC

Cuánto te corresponde pagar o cobrar de alquiler, mes a mes, con el índice que rige en tu contrato.

Si tu contrato de vivienda se firmó entre el 01/07/2020 y el 17/10/2023, el alquiler se ajusta una vez por año con el ICL del BCRA (Ley 27.551, art. 14). Si se firmó desde el 29/12/2023, se ajusta como pacten las partes, con el índice que elijan (Código Civil y Comercial, art. 1199, texto del DNU 70/2023). Cargá los datos de tu contrato y mirá el alquiler nuevo mes a mes.

Ley 27.551 Confidencial Al instante

Es opcional: te decimos qué ley y qué índice le corresponden.

El del contrato o, si ya hubo ajustes, el que pagás desde el último.

Si lo dejás vacío, hasta hoy.

Resultado al instante, en esta pantalla.

Guía Legal: Alquileres

Responsable: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Actualizado: 30/10/2026

Qué índice rige según la fecha en que se firmó el contrato de vivienda
Fecha de firmaÍndiceCada cuántoNorma
Hasta el 30/06/2020Lo que dice el contratoLo que dice el contratoLey 27.551, art. 23
Del 01/07/2020 al 17/10/2023ICL (BCRA): mitad IPC, mitad RIPTEUna vez por añoLey 27.551, art. 14
Del 18/10/2023 al 28/12/2023Coeficiente «Casa Propia»No menos de cada 6 mesesLey 27.737, arts. 5 y 12
Desde el 29/12/2023El que pacten las partesLo que diga el contratoCódigo Civil y Comercial, art. 1199 (DNU 70/2023)
Último valor que usa esta calculadora de cada índice
ÍndiceValorCorresponde aFuente
ICL37,1730/10/2026BCRA
IPC (INDEC)12.276,766agosto de 2026INDEC
CER862,27630/10/2026BCRA
UVA2.176,2130/10/2026BCRA
¿Cómo se calcula el aumento del alquiler?
Se multiplica el alquiler por lo que varió el índice entre la fecha del último ajuste (o del inicio del contrato) y la del nuevo ajuste. Con el ICL que publica el BCRA (Ley 27.551, art. 14): $ 100.000 de alquiler el 01/01/2024, con un ICL de 7,41 ese día y de 21,54 el 01/01/2025, pasan a $ 100.000 × 21,54 ÷ 7,41 = $ 290.688,26. Con otro índice se hace la misma cuenta.
¿Qué índice se usa para actualizar el alquiler?
Depende de cuándo se firmó el contrato. Entre el 01/07/2020 y el 17/10/2023, el ICL del BCRA (Ley 27.551, art. 14). Entre el 18/10/2023 y el 28/12/2023, el coeficiente «Casa Propia» (Ley 27.737). Desde el 29/12/2023, el que pacten las partes, público o privado (Código Civil y Comercial, art. 1199, texto del DNU 70/2023). Mirá la tabla de esta página.
¿Cada cuánto aumenta el alquiler?
En los contratos de vivienda de la Ley 27.551, una vez por año (art. 14). En los de la Ley 27.737, cada 6 meses como mínimo. En los firmados desde el 29/12/2023, con la periodicidad que diga el contrato (Código Civil y Comercial, art. 1199, texto del DNU 70/2023).
¿Qué pasa si el aumento está mal calculado?
Pedí por escrito el cálculo: qué índice usaron, qué fechas y qué cuenta hicieron. Si no coincide con tu contrato o con la ley que le corresponde, lo que pagaste de más se puede reclamar como pago indebido (Código Civil y Comercial, art. 1796). Guardá los recibos y el contrato. Lo revisamos con tus papeles.
¿Cuánto es el depósito de garantía?
En los contratos de vivienda firmados con la Ley 27.551, no puede ser mayor al primer mes de alquiler (Código Civil y Comercial, art. 1196, texto de la Ley 27.551). En los firmados desde el 29/12/2023, las partes fijan libremente la cantidad y la moneda (art. 1196, texto del DNU 70/2023).
¿Cómo es el desalojo si no pago?
Antes de pedirlo en la Justicia, el propietario tiene que intimarte por escrito a pagar, con un plazo de al menos 10 días corridos (Código Civil y Comercial, art. 1222). El desalojo se decide en un juicio. Si te llegó una intimación, no la dejes pasar: escribinos.

Fuente y última verificación

Normas consultadas el 30/10/2026. Datos de los índices: ICL, CER y UVA hasta el 30/10/2026; IPC hasta agosto de 2026. El ICL del BCRA se publica con 2 decimales. Los datos se actualizan una vez por mes.

Este cálculo es orientativo y no es asesoramiento legal. Vale lo que diga tu contrato: el índice, cada cuánto se ajusta y desde qué fecha.