Accidente de tránsito: qué hacer y si estás a tiempo
Poné la fecha del accidente y cómo estabas, y mirá qué plazos corren y hasta cuándo.
Después de un accidente de tránsito, avisá a tu aseguradora dentro de los 3 días de conocer el siniestro (Ley 17.418, art. 46). Contra tu propio seguro tenés 1 año (art. 58) y para reclamarle los daños al responsable, 3 años (Código Civil y Comercial, art. 2561). El seguro obligatorio cubre los daños a terceros, estén o no en el vehículo (Ley 24.449, art. 68).
Guía Legal: Accidente de tránsito
Responsable: Dr. Juan Pablo Baudracco · abogado · M.P. 1-39782 · director · Actualizado: 31/10/2026
| Qué | Plazo | Norma |
|---|---|---|
| Avisar a la aseguradora (denuncia del siniestro) | 3 días desde que conocés el siniestro | Ley 17.418, art. 46 |
| Reclamarle a tu propia aseguradora | 1 año desde que la obligación es exigible | Ley 17.418, art. 58 |
| Reclamar los daños al responsable | 3 años | Código Civil y Comercial, art. 2561 |
| Reclamar los daños al transportista, si viajabas como pasajero (colectivo, taxi o remís) | 2 años | Código Civil y Comercial, art. 2562, inc. d |
| Prueba | Para qué sirve |
|---|---|
| Acta de choque o denuncia policial | La autoridad labra un acta de choque con los datos que comprueba y la denuncia de las partes, y entrega original y copia (Ley 24.449, art. 66, inc. a). Sirve de base para la denuncia del siniestro (art. 68). |
| Datos del otro vehículo | Patente, nombre de la aseguradora, número de póliza y datos del conductor y del titular. Con eso se sabe a quién reclamar. |
| Fotos y videos | Del lugar, de la posición de los vehículos y de los daños, antes de que se muevan o se reparen. |
| Testigos | Nombre, teléfono y un relato corto de lo que vieron. |
| Certificado médico y constancias de atención | Fecha y lugar de la atención, y los comprobantes de lo que gastaste. Guardalos vos: esta herramienta no los pide. |
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Fuente y última verificación
Normas consultadas el 30/10/2026 en los textos que publica el Estado (argentina.gob.ar). Esta herramienta no calcula indemnizaciones ni pide datos de salud.
- Ley 17.418 (Ley de Seguros), arts. 46, 58 y 118
- Código Civil y Comercial (Ley 26.994), arts. 6, 1758, 2541, 2546, 2552, 2554, 2561 y 2562; vigencia desde el 1 de agosto de 2015 (Ley 27.077)
- Ley 24.449 (Ley de Tránsito), arts. 66 y 68
- Ley 24.557 (Riesgos del Trabajo), art. 6, ap. 1 (accidente en el trayecto)
- Derecho Fácil (Ministerio de Justicia): ficha «Seguro automotor», consultada el 31/10/2026, solo para las exclusiones de la póliza; el plazo de la denuncia sigue la Ley 17.418, art. 46
Este cálculo es orientativo y no es asesoramiento legal. Los plazos pueden cambiar según el caso (por ejemplo, si algo los suspende o los interrumpe). No es una promesa de resultado ni un cálculo de montos.