Llega el fin de semana que le toca estar con sus hijos. Usted va a buscarlos, pero nadie atiende el timbre. Manda mensajes y descubre que está bloqueado en WhatsApp. Pasa un cumpleaños, pasa el Día del Padre o de la Madre, y sus hijos crecen creyendo que usted los abandonó, cuando la realidad es que hay un progenitor obstruccionista sistemático. En los Tribunales de Familia de Córdoba, el impedimento de contacto es una pandemia silenciosa. Y si usted agacha la cabeza y se rinde, el daño psicológico para los menores será irreversible.
El Chantaje Económico: "Si no pagás, no los ves"
El mito legal más extendido y destructivo en la sociedad argentina es creer que el derecho de visitas está condicionado al pago de la cuota alimentaria. Es absoluto y categóricamente falso. La ley entiende que son dos carriles separados. Su hijo no es una mercancía que se alquila a cambio de una transferencia de CBU.
Si usted tiene deudas de alimentos, su ex pareja tiene todo el derecho de embargarlo y exigirle judicialmente el pago. Pero bajo ningún punto de vista puede usar esa deuda como excusa para cortarle el vínculo con su hijo. Privar a un niño del contacto con su progenitor por disputas de adultos es considerado violencia familiar y maltrato psicológico infantil.
La Trampa de las Falsas Denuncias
Cuando el progenitor obstructor siente que está perdiendo el control, suele recurrir a la estrategia más vil del sistema: la denuncia falsa por violencia o, en los peores casos, por abuso. Saben que en Córdoba, ante una denuncia de este tipo, la Justicia impone una restricción de acercamiento automática (Perimetral) "por las dudas", separándolo de sus hijos por meses o años.
En Espacio Legal combatimos esta atrocidad con artillería pesada:
- Pericias Psicológicas Inmediatas: Exigimos pericias oficiales para demostrar la mendacidad del denunciante y detectar indicios de Alienación Parental en los menores.
- Querella por Falsa Denuncia: No dejamos que el tema muera en el archivo. Si lo acusaron falsamente para alejarlo de sus hijos, accionamos penalmente contra el denunciante por calumnias e impedimento de contacto.
La Ley Penal 24.270: El Impedimento es un Delito
El impedimento de contacto no es solo una "falta de respeto" en el fuero de Familia; es un delito penal penado por la Ley Nacional 24.270. Quien impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes puede enfrentar penas de prisión de hasta un año, y si muda al menor de provincia sin autorización, las penas son aún mayores.
Nuestra estrategia es dual: mientras en el Juzgado de Familia de Córdoba interponemos medidas cautelares urgentes para fijar un régimen de comunicación provisorio (incluso asistido con trabajadores sociales si hay conflictividad extrema), en paralelo radicamos la denuncia penal. Cuando el progenitor obstructor es citado a declarar a una Unidad Judicial por la comisión de un delito, mágicamente la actitud de "no te los dejo ver" suele desaparecer.
La Coparentalidad no se mendiga, se exige
Criar a sus hijos es su derecho natural y constitucional. Cada día que usted pasa sin verlos por la extorsión de su ex pareja, es un día que no vuelve. La pasividad destruye los vínculos. Los jueces de familia necesitan ver que usted tiene la voluntad inquebrantable de ejercer su paternidad/maternidad.
¿Le prohíben ver a sus propios hijos?
No siga suplicando por WhatsApp ni acepte extorsiones. Inicie de inmediato una acción de restablecimiento de contacto y aplique el peso de la ley contra el impedimento.